Descargar documentación en PDF
El artículo 39 del Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana establece que la Sindicatura de Comptes es el órgano al que corresponde el control externo económico y presupuestario de la actividad financiera de la Generalitat, de los entes locales comprendidos en su territorio y del resto del sector público valenciano, así como de las cuentas que lo justifiquen.
Existe, por tanto, a nivel estatutario, una inclusión específica de los entes locales dentro del ámbito funcional propio de la Sindicatura de Comptes.
Más en concreto, el artículo 2º.1, b) de la Ley de la Generalitat 6/1985, de 11 de mayo, de Sindicatura de Comptes, considera que son parte integrante del sector público valenciano tanto las entidades locales que conforman el territorio de la comunidad autónoma, como sus organismos autónomos, cualquiera que sea su naturaleza, las empresas públicas que de ellas dependan y todas las entidades que estén participadas mayoritariamente por aquéllas.
Por su parte, el artículo 223 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, después de regular la función fiscalizadora del Tribunal de Cuentas sobre las entidades locales, de acuerdo con las leyes orgánica y de funcionamiento de dicho órgano, se remite a las facultades que, en materia de fiscalización externa de las entidades locales, tengan atribuidas por sus Estatutos las comunidades autónomas.
Para dar cumplimiento, de una manera más eficaz, económica y eficiente, a este conjunto normativo, la Sindicatura de Comptes de la Comunitat Valenciana suscribió con el Tribunal de Cuentas un convenio de colaboración de fecha 24 de abril de 2007, que tiene por objeto la implantación de medidas de coordinación de la rendición telemática de las cuentas generales de las entidades locales.
A efectos de que se puedan llevar a cabo ordenadamente las previsiones establecidas en dicho convenio, es menester que esta Sindicatura determine un formato normalizado en soporte informático de la Cuenta General de las entidades locales, que facilite su rendición y permita efectuar su envío a través de medios electrónicos, informáticos o telemáticos, de acuerdo con las condiciones previstas en las reglas 104.3, 24 y 92 de las instrucciones de contabilidad local de los modelos normal, básico y simplificado, respectivamente, publicadas en el Boletín Oficial del Estado de 9 de diciembre de 2004. En su virtud, el Consejo de la Sindicatura, en su reunión de fecha 26 de abril de 2007, acordó lo siguiente:
1º) Las entidades locales valencianas rendirán, antes del 31 de octubre del año siguiente al del ejercicio económico al que corresponda, su Cuenta General y la documentación complementaria prevista en las instrucciones de contabilidad local, exclusivamente en soporte informático, de acuerdo con lo establecido en la Resolución de 28 de julio de 2006, de la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE), por la que se recomienda un formato normalizado de la cuenta general de las entidades locales en soporte informático. (B.O.E. nº 189, de 9 de agosto de 2006).
En cuanto a la presentación de la documentación complementaria a la que se refiere la regla 23 de la Instrucción del Modelo Básico de Contabilidad Local, cuando las entidades no puedan hacerlo en los términos previstos en la disposición segunda de la Resolución de la IGAE de 28 de julio de 2006 y acrediten técnicamente tal imposibilidad, aportarán certificación de la documentación señalada indicando expresamente su voluntad de ponerla a disposición de la Sindicatura, cuando ésta así la solicite.
2º) Además de la información que se deriva de la propia Cuenta General, las entidades locales proporcionarán la indicada en el anexo 1 en formato informático, con arreglo a las especificaciones técnicas publicadas en la página web de la Sindicatura www.sindicom.gva.es.
3º) Procedimiento telemático de remisión de cuentas.
a) Las entidades locales enviarán tanto las cuentas como los documentos legalmente exigidos al Registro Telemático de la Sindicatura, acompañadas del documento de remisión a que se refiere el anexo 2, debiéndose cumplir los siguientes requisitos:
- La compatibilidad técnica de los medios, aplicaciones y soportes utilizados por el emisor y el destinatario.
- El formato de la documentación será el indicado en el presente Acuerdo.
- La existencia de medidas de seguridad que eviten el que se intercepten y alteren las comunicaciones, así como los accesos no autorizados.
- Que exista constancia de la transmisión de la comunicación.
- Que el remitente utilice una firma electrónica reconocida basada en un certificado reconocido y producida por un dispositivo seguro de creación de firma.b) El uso de la firma electrónica se basará en los siguientes principios:
- Integridad de las comunicaciones telemáticas en las que se emplee la firma electrónica.
- Autenticidad y conservación de los documentos generados.
- Objetividad, transparencia y no discriminación en la prestación de servicios de certificación de firma electrónica reconocida.c) La firma electrónica reconocida tendrá, respecto de los datos consignados en forma electrónica, el mismo valor jurídico que la firma manuscrita en relación con los consignados en papel, de acuerdo con lo previsto en el artículo 3 de la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de Firma Electrónica, siempre que el certificado reconocido en que se base haya sido expedido por un prestador de servicios de certificación acreditado (que esté incluido en la relación que, a este efecto, publique la Sindicatura de Comptes), y el dispositivo seguro de creación de firma con el que ésta se produzca se encuentre certificado.
d) Las notificaciones, comunicaciones o remisión de documentación efectuados mediante firma electrónica reconocida gozarán de validez y eficacia, en los términos del artículo 45 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; desplegarán su eficacia cuando sean recibidos por sus destinatarios y serán válidos siempre que garanticen su autenticidad, integridad, conservación y demás garantías y requisitos exigidos por la normativa aplicable.
e) Serán igualmente válidas las copias de documentos originales almacenados por medios electrónicos siempre que se cumplan los requisitos relacionados en el apartado anterior.
4º) Las entidades locales deberán, en el plazo que se indique en el requerimiento para justificar o subsanar las incidencias que, en su caso, detecte esta Sindicatura de Comptes en el examen de la Cuenta General, remitir de nuevo telemáticamente los ficheros de la Cuenta General, que incluirán además en el habilitado para ello la justificación de las incidencias.
5º) Con arreglo a lo establecido en el convenio de colaboración suscrito con fecha 24 de abril de 2007, por esta Sindicatura con el Tribunal de Cuentas, las cuentas rendidas de conformidad con lo dispuesto en este Acuerdo se considerarán rendidas, también, ante el Tribunal de Cuentas.
6º) El presente Acuerdo será de aplicación para las cuentas correspondientes al ejercicio 2006 y posteriores.
7º) La Sindicatura de Comptes publicará en el Diario Oficial de la Comunitat Valenciana (DOCV) la fecha a partir de la cual se deberá presentar la Cuenta General, exclusivamente, mediante procedimientos telemáticos con arreglo a lo recogido en el punto 3º de este Acuerdo. (Acuerdo adoptado el 29 de junio de 2009, publicado en el DOCV núm. 6.065, de 27 de julio de 2009).
ANEXOS
ANEXO 1: Documentación adicional
Se acompañará unos ficheros «pdf» y «xml» relativos a la Información Adicional de la entidad local, y por cada sociedad mercantil de capital íntegramente local o entidad pública empresarial dependiente de la entidad local, unos ficheros «xml» relativos a las cuentas anuales, con las siguientes especificaciones:
INFORMACIÓN ADICIONAL
01- Información adicional de provincias, municipios, entidades locales menores.
INFORMACION ADICIONAL |
|||||||||
ENTIDAD LOCAL |
|||||||||
CODIGO MAP |
ENTE LOCAL |
CIF |
EJERCICIO |
|
|||||
DIRECCIÓN ELECTRÓNICA ÚNICA |
|
||||||||
NOMBRE |
|
DIRECCION |
|
|
|||||
LOCALIDAD |
PROVINCIA |
CODIGO POSTAL |
TELEFONO |
|
|||||
ALCALDE/PRESIDENTE |
NIF/NIE |
Apellidos |
Nombre |
|
|||||
SECRETARIO |
NIF/NIE |
Apellidos |
Nombre |
DIR.CORREO ELECTRONICO |
|||||
INTERVENTOR |
NIF/NIE |
Apellidos |
Nombre |
DIR.CORREO ELECTRONICO |
|||||
TESORERO |
NIF/NIE |
Apellidos |
Nombre |
DIR.CORREO ELECTRONICO |
|||||
RELACION DE ENTIDADES LOCALES MENORES QUE INTEGRAN LA ENTIDAD LOCAL |
|||||||||
|
|
CIF |
|||||||
|
|
CIF |
|||||||
A/ ENTIDADES DEPENDIENTES QUE INTEGRAN LA CUENTA GENERAL |
|||||||||
ORGANISMOS AUTONOMOS |
|||||||||
DENOMINACION |
CIF |
|
|
||||||
DOCIMICILIO SOCIAL |
|
CNAE (1) |
CON ACTIVIDAD/SIN ACTIVIDAD/EN DISOLUCIÓN |
||||||
PRESIDENTE |
Apellidos |
Nombre |
NIF/NIE |
||||||
ENTIDADES PUBLICAS EMPRESARIALES |
|||||||||
DENOMINACION |
CIF |
|
|
||||||
DOCIMICILIO SOCIAL |
|
CNAE (1) |
CON ACTIVIDAD/SIN ACTIVIDAD/EN DISOLUCIÓN |
||||||
PRESIDENTE |
Apellidos |
Nombre |
NIF/NIE |
||||||
SOCIEDADES MERCANTILES DE CAPITAL INTEGRAMENTE DE LA ENTIDAD |
|||||||||
DENOMINACION |
CIF |
|
|
||||||
DOCIMICILIO SOCIAL |
|
CNAE (1) |
CON ACTIVIDAD/SIN ACTIVIDAD/EN DISOLUCIÓN |
||||||
PRESIDENTE |
Apellidos |
Nombre |
NIF/NIE |
||||||
B/ OTRAS ENTIDADES EN LAS QUE PARTICIPA LA ENTIDAD LOCAL |
||||||||
RESTO DE PARTICIPACIÓN EN SOCIEDADES MERCANTILES |
||||||||
DENOMINACION |
CIF |
CNAE (1) |
||||||
CAPITAL SOCIAL |
PARTICIPACION % |
CON ACTIVIDAD/SIN ACTIVIDAD/EN DISOLUCIÓN |
||||||
FUNDACIONES |
||||||||
DENOMINACION |
CIF |
APORTACION EJERCICIO |
CNAE (1) |
CON ACTIVIDAD/SIN ACTIVIDAD/EN DISOLUCIÓN |
||||
CONSORCIOS |
||||||||
DENOMINACION |
CIF |
APORTACIÓN EJERCICIO |
CNAE (1) |
CON ACTIVIDAD/SIN ACTIVIDAD/EN DISOLUCIÓN |
||||
C/ OTRAS ENTIDADES DE LAS QUE FORMA PARTE LA ENTIDAD LOCAL |
||||||||
COMARCAS |
||||||||
DENOMINACION |
CIF |
CODIGO MAP |
CON ACTIVIDAD/SIN ACTIVIDAD/EN DISOLUCIÓN |
|||||
MANCOMUNIDADES |
||||||||
DENOMINACION |
CIF |
CODIGO MAP |
CON ACTIVIDAD/SIN ACTIVIDAD/EN DISOLUCIÓN |
|||||
AREAS METROPOLITANAS |
||||||||
DENOMINACION |
CIF |
CODIGO MAP |
CON ACTIVIDAD/SIN ACTIVIDAD/EN DISOLUCIÓN |
|||||
AGRUPACIONES DE MUNICIPIOS |
||||||||
DENOMINACION |
CIF |
CODIGO MAP |
CON ACTIVIDAD/SIN ACTIVIDAD/EN DISOLUCIÓN |
|||||
D/ ENTIDADES CREADAS EN EL EJERCICIO |
||||||||
ENTIDAD |
CIF |
FECHA |
CNAE (1) |
|||||
E/ ENTIDADES LIQUIDADAS EN EL EJERCICIO |
||||||||
ENTIDAD |
CIF |
FECHA |
CNAE (1) |
|||||
F/ PRESUPUESTO, LIQUIDACION DEL PRESPUESTO Y TRAMITACION DE LA CUENTA GENERAL |
||||||||
|
|
|||||||
|
|
|||||||
|
|
|||||||
|
|
|||||||
G/ EXPEDIENTES DE RECONOCIMIENTO DE OBLIGACIONES EXTRAJUDICIALES ACORDADOS EN EL EJERCICIO |
||||||||
|
||||||||
H/ REPAROS DE LEGALIDAD FORMULADOS DURANTE EL EJERCICIO |
||||||||
|
||||||||
02- Información adicional de mancomunidades, comarcas, agrupaciones de municipios, consorcios, áreas.
INFORMACION ADICIONAL |
|||||||||||||||||||
ENTIDAD LOCAL |
|||||||||||||||||||
CODIGO MAP |
ENTE LOCAL |
CIF |
EJERCICIO |
|
|||||||||||||||
DIRECCIÓN ELECTRÓNICA ÚNICA |
|||||||||||||||||||
NOMBRE |
|
DIRECCION |
|
|
|||||||||||||||
LOCALIDAD |
PROVINCIA |
CODIGO POSTAL |
TELEFONO |
|
|||||||||||||||
ALCALDE/PRESIDENTE |
NIF/NIE |
Apellidos |
Nombre |
|
|||||||||||||||
SECRETARIO |
NIF/NIE |
Apellidos |
Nombre |
DIR.CORREO ELECTRONICO |
|||||||||||||||
INTERVENTOR |
NIF/NIE |
Apellidos |
Nombre |
DIR.CORREO ELECTRONICO |
|||||||||||||||
TESORERO |
NIF/NIE |
Apellidos |
Nombre |
DIR.CORREO ELECTRONICO |
|||||||||||||||
RELACION DE ENTIDADES LOCALES QUE INTEGRAN LA MANCOMUNIDAD/COMARCA/CONSORCIO/AGRUPACIÓN |
|||||||||||||||||||
|
|
CIF |
|||||||||||||||||
|
|
CIF |
|||||||||||||||||
A/ ENTIDADES DEPENDIENTES QUE INTEGRAN LA CUENTA GENERAL |
|||||||||||||||||||
ORGANISMOS AUTONOMOS |
|||||||||||||||||||
DENOMINACION |
CIF |
|
|
||||||||||||||||
DOCIMICILIO SOCIAL |
|
CNAE (1) |
CON ACTIVIDAD/SIN ACTIVIDAD/EN DISOLUCIÓN |
||||||||||||||||
PRESIDENTE |
Apellidos |
Nombre |
NIF/NIE |
||||||||||||||||
ENTIDADES PUBLICAS EMPRESARIALES |
|||||||||||||||||||
DENOMINACION |
CIF |
|
|
||||||||||||||||
DOCIMICILIO SOCIAL |
|
CNAE (1) |
CON ACTIVIDAD/SIN ACTIVIDAD/EN DISOLUCIÓN |
||||||||||||||||
PRESIDENTE |
Apellidos |
Nombre |
NIF/NIE |
||||||||||||||||
SOCIEDADES MERCANTILES DE CAPITAL INTEGRAMENTE DE LA ENTIDAD |
|||||||||||||||||||
DENOMINACION |
CIF |
|
|
||||||||||||||||
DOCIMICILIO SOCIAL |
|
CNAE (1) |
CON ACTIVIDAD/SIN ACTIVIDAD/EN DISOLUCIÓN |
||||||||||||||||
PRESIDENTE |
Apellidos |
Nombre |
NIF/NIE |
||||||||||||||||
B/ OTRAS ENTIDADES EN LAS QUE PARTICIPA LA ENTIDAD LOCAL |
|||||||||||||||||||
RESTO DE PARTICIPACIÓN EN SOCIEDADES MERCANTILES |
|||||||||||||||||||
DENOMINACION |
CIF |
CNAE (1) |
|||||||||||||||||
CAPITAL SOCIAL |
PARTICIPACION % |
CON ACTIVIDAD/SIN ACTIVIDAD/EN DISOLUCIÓN |
|||||||||||||||||
FUNDACIONES |
|||||||||||||||||||
DENOMINACION |
CIF |
APORTACION EJERCICIO |
CNAE (1) |
CON ACTIVIDAD/SIN ACTIVIDAD/EN DISOLUCIÓN |
|||||||||||||||
CONSORCIOS |
|||||||||||||||||||
DENOMINACION |
CIF |
APORTACIÓN EJERCICIO |
CNAE (1) |
CON ACTIVIDAD/SIN ACTIVIDAD/EN DISOLUCIÓN |
|||||||||||||||
C/ ENTIDADES CREADAS EN EL EJERCICIO |
|||||||||||||||||||
ENTIDAD |
CIF |
FECHA |
CNAE (1) |
||||||||||||||||
D/ ENTIDADES LIQUIDADAS EN EL EJERCICIO |
|||
ENTIDAD |
CIF |
FECHA |
CNAE (1) |
E/ PRESUPUESTO, LIQUIDACION DEL PRESPUESTO Y TRAMITACION DE LA CUENTA GENERAL |
|||
|
|
||
|
|
||
|
|
||
|
|
||
F/ EXPEDIENTES DE RECONOCIMIENTO DE OBLIGACIONES EXTRAJUDICIALES ACORDADOS EN EL EJERCICIO |
|||
|
|||
G/ REPAROS DE LEGALIDAD FORMULADOS DURANTE EL EJERCICIO |
|||
|
|||
(1) Código de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas publicadas por el INE.
La codificación de los ficheros (pdf) y (xml) relativos a la Información Adicional de la Entidad local que rinde la cuenta responde al siguiente esquema:
ENTIDAD(9)_EJERCICIO(4)_CONTENIDO INFORMATIVO DEL FICHERO(17)
En este esquema figura entre paréntesis el número máximo de caracteres de cada campo. El número máximo total se ha fijado en treinta caracteres.
En el campo “ENTIDAD” deberá consignarse el CIF de la entidad local de que se trate.
En el campo “EJERCICIO” se hará constar aquél al que se refiere la Cuenta General.
En el campo “CONTENIDO INFORMATIVO DEL FICHERO” deberá figurar la siguiente denominación de acuerdo al tipo de Entidad:
INF-ADICIONAL-01, cuando la entidad local sea una provincia, municipio, o entidad local menor.
INF-ADICIONAL-02, cuando la entidad local sea una mancomunidad, comarca, agrupación de municipios, un área metropolitana o un consorcio.
Este esquema generará dos ficheros, cuyo nombre será como se indica a continuación:
ENTIDAD(9)_EJERCICIO(4)_CONTENIDO INFORMATIVO DEL FICHERO(17).pdf
ENTIDAD(9)_EJERCICIO(4)_CONTENIDO INFORMATIVO DEL FICHERO(17).xml
El contenido y la estructura del fichero «xml» deberán cumplir las especificaciones técnicas (esquemas XSD) publicadas en el portal de la Sindicatura de Comptes en internet (www.sindicom.gva.es).
Para la presentación de la Información Adicional en el formato establecido, la entidad local a través de la aplicación de rendición telemática dispondrá de una pestaña dentro de su espacio, "Mi Información", que tendrá que cumplimentar con los datos exigidos en esta Instrucción generándose a partir de éstos, los ficheros anteriormente detallados.
CUENTAS ANUALES DE LAS SOCIEDADES MERCANTILES Y ENTIDADES PÚBLICAS EMPRESARIALES
CUENTAS DE LOS EJERCICIOS 2006 Y 2007
Para cada una de las sociedades mercantiles de capital íntegramente local y entidades públicas empresariales dependientes de la entidad local que rinde la Cuenta de los ejercicios 2006 y 2007 se incluirá un fichero «xml» relativo al balance y cuenta de pérdidas y ganancias.
La codificación de los ficheros «xml» relativos a sociedades mercantiles de capital íntegramente local y entidades públicas empresariales dependientes de la entidad local que rinde la Cuenta responde al siguiente esquema:
ENTIDAD(9)_ EJERCICIO(4)_BALANCE.PYG.xml
En el campo “ENTIDAD” deberá consignarse el CIF de la entidad contable (sociedad o entidad pública empresarial).
CUENTAS DEL EJERCICIO 2008 Y SUCESIVOS
Para cada una de las sociedades mercantiles de capital íntegramente local y entidades públicas empresariales dependientes de la entidad local que rinde la cuenta del ejercicio 2008 y posteriores, se incluirá un fichero «xml» que contendrá la información relativa a las cuentas anuales.
La codificación de los ficheros «xml» relativos a sociedades mercantiles de capital íntegramente local y entidades públicas empresariales dependientes de la entidad local que rinde la Cuenta responde al siguiente esquema:
ENTIDAD(9)_EJERCICIO(4)_ABR_CUENTAS-ANUALES.xml, para los modelos de cuentas anuales normales y abreviadas.
ENTIDAD(9)_EJERCICIO(4)_PYM_CUENTAS-ANUALES.xml, para el modelo de cuentas anuales de pymes.
En el campo "ENTIDAD" deberá consignarse el CIF de la entidad contable (sociedad o entidad pública empresarial).
El contenido y la estructura del fichero <xml> deberán cumplir las especificaciones técnicas (esquemas XSD) publicadas en el portal de la Sindicatura de Comptes en Internet (www.sindicom.gva.es).
ANEXO 2: Documento de remisión telemática
El archivo que contiene los estados contables, cuentas y justificantes, vendrá acompañado por un documento remisorio, igualmente protegido por firma digital, del siguiente tenor:
D/Dª (nombre y apellidos del cuentadante),............... (cargo que ostenta Alcalde de ........../Presidente de, ..........), rindo la Cuenta General de... correspondiente al ejercicio de …., conocida por la entidad local en el Pleno de ............. , cumplido el procedimiento establecido en los artículos 201 y 212 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, TRLRHL, en la forma y con la documentación adicional a que se refieren las Instrucciones del Tribunal de Cuentas y la Sindicatura de Comptes, por las que se regula el formato de la Cuenta General de las Entidades locales en soporte informático y el procedimiento telemático para la rendición de cuentas, aprobadas respectivamente mediante Acuerdo de 29 de marzo de 2007 adoptado por el Pleno del Tribunal y del Consell de la Sindicatura de Comptes de 26 de abril de 2007.
La información relativa a dicha cuenta queda contenida en el fichero .........., cuyo resumen electrónico es ............. en los términos indicados por el apartado SEXTO de la Resolución de la IGAE de 28 de julio de 2006, por la que se recomienda el formato normalizado de la Cuenta General de las Entidades locales en soporte informático (BOE de 9 de agosto).
En ………………. a …… de ……. de 20…
El Alcalde / Presidente de la entidad local
Este archivo será nombrado como se indica a continuación:
ENTIDAD(9)_ EJERCICIO(4)_ DOC-REMISION.pdf
En el campo “ENTIDAD” deberá consignarse el CIF de la Entidad local de la que se trate.
En el campo “EJERCICIO” se hará constar aquél al que se refiere la Cuenta General.