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Publicada la "Instrucción que regula la remisión al Tribunal de Cuentas de la información sobre acuerdos y resoluciones del Pleno, de la Junta de Gobierno Local y del Presidente de la Entidad Local contrarios a reparos formulados por los Interventores locales y las anomalías detectadas en materia de ingresos, así como sobre los acuerdos adoptados con omisión del trámite de fiscalización previa, a través de un procedimiento telemático"

El Pleno del Tribunal de Cuentas, en sesión celebrada el 30 de junio de 2015, ha aprobado la “Instrucción que regula la remisión al Tribunal de Cuentas de la información sobre acuerdos y resoluciones del Pleno, de la Junta de Gobierno Local y del Presidente de la Entidad Local contrarios a reparos formulados por los Interventores locales y las anomalías detectadas en materia de ingresos, así como sobre los acuerdos adoptados con omisión del trámite de fiscalización previa, a través de un procedimiento telemático”. 

Esta Instrucción, publicada en el BOE de 17 de julio de 2015, tiene por objeto, como su propia denominación indica, regular la remisión al Tribunal de Cuentas de la información relativa a los acuerdos y resoluciones adoptados por el Presidente, el Pleno y la Junta de Gobierno de las Entidades Locales contrarios a los reparos efectuados, así como un resumen de las principales anomalías detectadas en materia de ingresos, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 218.3 del Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales, tras la modificación introducida por la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local. Asimismo, dispone el envío de información en relación con los acuerdos y resoluciones dictados por los órganos competentes de las Entidades Locales con omisión del trámite de fiscalización previa.

En la Instrucción se especifica la información y la documentación que ha de ser remitida, así como el procedimiento para hacer efectivo dicho envío, que deberá realizarse a través de la Plataforma de Rendición de Cuentas de las Entidades Locales (www.rendiciondecuentas.es). A tal efecto, se ha diseñado en la misma una aplicación específica que facilitará, no sólo la remisión anual de los acuerdos y expedientes referidos, sino que también podrá ser utilizada por los órganos interventores de las entidades locales como herramienta de gestión y seguimiento de este tipo de acuerdos y resoluciones.

El envío de la referida información y documentación habrá de hacerse con anterioridad al 30 de abril del ejercicio siguiente al que se refieran.

La obligación de remisión de esta información corresponde a los responsables de los órganos de Intervención de las Entidades Locales, que deberán darse de alta como usuarios para la gestión de este módulo.

A partir de la fecha de aprobación de la presente Instrucción, 30 de junio de 2015, el cumplimiento de esta obligación deberá realizarse, exclusivamente a través de la Plataforma de Rendición de Cuentas de las Entidades Locales.

La información correspondiente al ejercicio 2014 deberá remitirse antes del 15 de octubre de 2015.

El detalle del proceso de alta de usuario, así como la descripción del módulo se encuentra en la guía de usuario que puede consultarse en el Portal, en la pestaña “soporte a usuarios”.

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