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Publicada la "Instrucción relativa a la remisión telemática al Tribunal de Cuentas de los extractos de los expedientes de contratación y de las relaciones anuales de los contratos celebrados por las entidades del Sector Público Local"

El Pleno del Tribunal de Cuentas, en sesión celebrada el 22 de diciembre de 2015, ha aprobado la “Instrucción relativa a la remisión telemática al Tribunal de Cuentas de los extractos de los expedientes de contratación y de las relaciones anuales de los contratos celebrados por las entidades del Sector Público Local”.

La Instrucción, publicada en el BOE de 30 de diciembre de 2015, tiene por objeto regular la remisión telemática de las relaciones anuales de los contratos celebrados por las entidades del Sector Público Local, a las que se refiere el artículo 40.2 de la Ley 7/1988, de 5 de abril, de Funcionamiento del Tribunal de Cuentas, así como de los extractos de los expedientes de contratación que envíen estas entidades en cumplimiento del artículo 29 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre (TRLCSP).

Entre las principales novedades de esta Instrucción, respecto de la “Instrucción sobre Remisión al Tribunal de Cuentas de los extractos de los expedientes de contratación y de las relaciones anuales de los contratos celebrados por las Entidades del Sector Público Local “, publicada mediante Resolución de la Presidencia del Tribunal de Cuentas de 10 de mayo de 2012 (BOE de 12 de mayo), se encuentran las siguientes:

- Se anticipa el plazo de remisión para el envío de las relaciones anuales de los contratos celebrados por las entidades del Sector Público Local, de modo que las relaciones de contratos correspondientes a los ejercicios 2015 y siguientes habrán de enviarse antes de que concluya el mes de febrero del ejercicio siguiente al que se refieran.

- Se extiende la aplicación del procedimiento telemático de remisión de la documentación contractual, a través de las aplicaciones informáticas ubicadas en la Plataforma de Rendición de Cuentas de las Entidades Locales (www.rendiciondecuentas.es), también a los expedientes de contratación del artículo 29 del TRLCSP formalizados en los ejercicios 2016 y siguientes así como a las incidencias que se produzcan en su ejecución.

- Se simplifica el contenido del extracto del expediente regulado en el artículo 29 del TRLCSP que ha de remitirse, telemáticamente, de oficio por las entidades locales al órgano fiscalizador, así como de la documentación referida a las incidencias en la ejecución de los contratos, sin perjuicio de que pueda solicitarse cualquier información adicional que se estime conveniente para el ejercicio de sus competencias.

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