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Apertura de la rendición de la cuenta general de las entidades locales correspondiente al ejercicio 2022

Las entidades locales pueden efectuar la rendición de la cuenta general relativa al ejercicio 2022 a través del “Área Privada” del Portal de Rendición de Cuentas de Entidades Locales (www.rendiciondecuentas.es).

De acuerdo con lo establecido en los artículos 212.5 y 223.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, la cuenta general correspondiente al ejercicio 2022 debe rendirse por el presidente de la entidad local, antes del 15 de octubre de 20231. La cuenta general se rendirá una vez se haya pronunciado el Pleno de la Corporación, aprobándola o rechazándola.

La principal novedad que contiene la cuenta general de 2022 es la obligación de presentar cuentas anuales consolidadas para los municipios con población superior a 50.000 habitantes y entidades locales de carácter supramunicipal.

Las cuentas anuales consolidadas se formarán de acuerdo con lo establecido en la Orden HAC/836/2021, de 9 de julio, por la que se aprueban las normas para la formulación de cuentas anuales consolidadas en el ámbito del sector público y habrán de rendirse en el formato recomendado en la Resolución de la de la Intervención General de la Administración del Estado, publicada el 4 de enero de 2023, por la que se modifica el formato de las cuentas anuales consolidadas previsto en la Resolución de 13 de noviembre de 2015, que puede consultarse en el siguiente enlace: https://www.igae.pap.hacienda.gob.es/sitios/igae/es-ES/Contabilidad/ContabilidadPublica/ContabilidadPublicaLocal/Paginas/FormatoNormalizadoCuentaGeneral.aspx

1. El día 15 de octubre de 2023 es domingo, por lo que se entenderán rendidas en plazo las cuentas generales remitidas el 16 de octubre.

 

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