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¿Quién realiza el control interno?

El órgano encargado de la ejecución del control interno de la actividad económico-financiera de la entidad local es la Intervención local. Para dotar de mayor independencia a esta figura, su régimen es diferente al del resto de los funcionarios de la Entidad local, tanto en su forma de selección como al modo de acceder al puesto de trabajo, y en cuanto a su actuación y a su régimen disciplinario.

La normativa aplicable a estos órganos se contiene, en cuanto al ejercicio del Control Interno, en el Real Decreto 424/2017, de 28 de abril, por el que se regula el régimen jurídico del control interno en las entidades del Sector Público Local; y, en cuanto a su régimen jurído especial, en el Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

 

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