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Se define la deuda viva de una Entidad local y sus entidades dependientes como las obligaciones pendientes de las operaciones de crédito que tienen asumidas, las proyectadas y los avales concedidos.
Para determinar la importancia de la deuda viva es preciso compararla con los ingresos corrientes.
En el caso de que supere el 75 por ciento, la realización de nuevas operaciones de endeudamiento exige la preceptiva autorización del Ministerio de Hacienda o de la Comunidad Autónoma con competencia en materia de tutela financiera.
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